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Chiclayo fija incentivos tributarios por pago al contado

Escribe: Semanario Expresión
Edición N° 1456

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  • Beneficios de hasta 100 % de rebaja por intereses, están contemplados en la Ordenanza Municipal N° 000011-2026/MPCH/A

Mediante ordenanza municipal que entró en vigencia desde el 1 de julio, los contribuyentes podrán pagar sus obligaciones tributarias (arbitrios, alcabala y otros) con incentivos o beneficios de hasta el 100 % de rebaja de intereses. El único requisito es el pago total del impuesto predial, con excepción de los contribuyentes jubilados y mayores de 60 años con la exoneración de ley.

El objetivo de la norma es incentivar a todos los contribuyentes del ámbito de la Municipalidad Provincial de Chiclayo, a cumplir oportunamente con el pago de sus obligaciones; por tanto, la ordenanza es de aplicación a todos los contribuyentes de impuesto predial, arbitrios municipales y otros conceptos.

Los incentivos comprenden los años anteriores al 2018 (80 %), años del 2019 al 2021, (los porcentajes del descuento es de 60% del insoluto, 100 % de intereses de los arbitrios municipales, 100 % de los intereses del impuesto predial y 100 % de multas. Asimismo, los años del 2022 al 2025, 40 % y para el año 2026, 20 %

En estos dos escenarios, el beneficio del descuento es para el pago total de los arbitrios, impuesto predial y multas, siempre y cuando cumplan con el único requisito: el pago total del impuesto predial, según el segundo cuadro de la citada ordenanza.

El pago al contado de los años anteriores al año 2018, la rebaja es de 60 % del insoluto de arbitrios municipales y 100 % de intereses; del 2019 al 2021 los arbitrios municipales 40 % del insoluto, 100 % de intereses, impuesto predial 100 % de intereses y el mismo porcentaje para multas tributarias. Período 2022 al 2025 los arbitrios municipales 30 % del insulto y 100 % de intereses, impuesto predial 100 % de intereses, y multas 100 %. Incluye pagos realizados por arbitrios por cada predio.

La ordenanza también establece por pago total del impuesto al patrimonio vehicular por placa y por ejercicio fiscal, un incentivo de 100 % de descuento de intereses moratorios; y 100 % de descuento para multas tributarias. Igualmente, por pago total de alcabala el descuento de intereses moratorios es del 100% y el descuento por concepto de multas tributarias es de 100%

Si la deuda se encuentra en cobranza ordinaria y/o coactiva, debe realizarse previamente el pago de la totalidad de los gastos administrativos y costas procesales, según precisa la Ordenanzas 00011-2026 aprobada por unanimidad, el 26 de junio último, por el Concejo Municipal. También puntualiza que los pagos realizados con anterioridad a la vigencia de esta ordenanza municipal son válidos, por lo que no son materia de la compensación ni devolución.

Finalmente, la norma subraya que el cumplimiento de las obligaciones tributarias, acogiéndose a los beneficios previstos en la ordenanza, implicará el desistimiento automático de cualquier trámite o proceso contencioso y/o no contencioso; así como, el desistimiento automático de los recursos impugnatorios y/o solicitudes de suspensión de la cobranza coactiva presentadas o en trámite de deuda en el SATCH. Los incentivos incluyen a los jubilados, y personas contribuyentes mayores de 60 años.

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